viernes, 1 de octubre de 2010

CALIDAD EN LA EDUCACIÓN COLOMBIANA

un poco mas de...


ENSAYO SOBRE LOS ESCENARIOS Y EFECTOS QUE PRODUCE LA INCORPORACION LAS LEYES 1324 DE 2009, 1286 DE 2009 Y EL DECRETO  1295 DE 2010 EN LOS SISTEMAS Y MODELOS DE EVALUACION DE LA CALIDAD.

POR: JOSE JAVIER SANCHEZ MEDINA.
 Módulo "Sistemas y Modelos De Evaluación De La Calidad De La Educación Superior en AL, El Caribe y Col”.
PARA: JOSE MANUEL PACHECO RICAUTE.
MAESTRIA SUE CARIBE
UNIVERSIDAD DEL MAGDALENA
Cuando hablamos muchas veces en los colegios y universidades de una educación de calidad muchas veces nos referimos al tiempo que se invierte al concurrir al escenario de la sala de clases y sus alrededores, sin embargo, el tiempo no delimita este aspecto llamado calidad, al día de hoy podemos observar que el gobierno nacional ha venido trabajando en ofrecer esos espacios que permitan el desarrollo de la calidad educativa; para ello en este documento echaremos una mirada sobre tres documentos importantes con el fin de establecer los elementos importantes para conocer la importancia de los avances del país y reconocer los esfuerzos en conseguir  ese mejoramiento de la calidad:
El primer punto de partida es EL REGISTRO CALIFICADO decreto 1295 de 2010 que sirve Para ofrecer un programa de educación superior, a las instituciones le es necesario contar con el registro calificado, este será otorgado por el ministerio de educación a las instituciones legalmente constituidas la vigencia será de 7 años, los títulos otorgados sin el registro no son validos académicamente; para realizarse extensión de un programa requiere un registro independiente entendiéndose como ampliación como su ampliación de oferta y desarrollo del mismo. Una vez obtenido el registro este podrá ser utilizado en dos o más municipios previa justificación y disposición de los recursos para el desarrollo del mismo. 

EVALUACION: la institución deberá presentar la siguiente información para ser verificada:
·         nombre del programa titulo que se otorga, el nivel educativo y sus correspondencia con los objetivos curriculares.
·         competencias propias del programa.
·         la denominación debe corresponder al área de estudio.
·         las maestrías y doctorados deben tener una denominación genérica de su respectiva área o disciplina.
·         la denominación debe corresponder a denominación aprobada por el registro calificado.
JUSTIFICACION: debe sustentarse sus contenidos curriculares, los perfiles, la metodología, con fundamento en un diagnostico (el estado de educación y las necesidades del país o región).
Así sucesivamente en orden de la estructura del programa también debe poseer cada programa.
ü  contenidos curriculares.
ü  organización de las actividades académicas.
ü  investigación.
ü  relación con el sector externo.
ü  personal docente.
ü  medios educativos.
ü  infraestructura física.
EVALUACION DE LAS CONDICIONES DE CALIDAD
Debe poder presentar evidencias de:
ü  mecanismos de selección y evaluación.
ü  estructura administrativa y académica.
ü  autoevaluación.
ü  programa de egresados.
ü  bienestar universitario.
ü  recursos financieros suficientes.

Otro tema es las INSTITUCIONES Y PROGRAMAS ACREDITADOS POR CALIDAD, los cuales Pueden ofrecer programas de pregrado, especializaciones, maestrías y demás en cualquier parte del país previa solicitud del registro calificado.
Cada uno de los programas debe poseer el registro para actuar en el país y para solicitar la renovación este debe estar sin expirar, deben definir la organización de las actividades académicas, horas de acompañamiento y trabajo independiente, numero de créditos de la actividad académica.
Si es por ciclos propedéuticos (niveles formativos secuenciales y complementarios).
CARACTERISTICAS:
ü  los niveles técnicos, profesionales y tecnológicos deben corresponder a campos auxiliares.
ü  las competencias de cada nivel deben ser identificadas.
ü  el nivel técnico profesional y tecnológico deben ser compatibles.
ü  deben contener una estructura curricular del nivel de formación propedéutico.
Los programas virtuales también se les exigen el registro calificado cumpliendo con las normas de ley y además debe informar como se desarrollan todas las actividades pedagógicas y didácticas una buena interacción y fortalecimiento del aprendizaje autónomo.
Los programas de postgrado tendrán su registro calificado de los diferentes programas ofrecidos de manera autónoma o en convenio.
Los procedimientos; solicitud, designación de pares académicos, visita de verificación, concepto y decisión.
Podemos conocer que el estado con este último decreto pretende un compromiso en pro del mejoramiento continuo y esto lo hace por medio de una camisa de fuerza llamada registro calificado  el cual cubre una serie de condiciones ya citadas en los diversos niveles de formación y en cada uno de los espacios de educación lo cual es bueno porque crea normas claras de trabajo le da al publico la oportunidad de conocer por donde anda el trabajo de cada institución y el derecho a escoger donde estudiar y saber que exigir a cada uno de los miembros de la comunidad educativa.
El estado en su función de control y vigilancia tiene el deber de valerse de exámenes de estado y otras pruebas externas para medir el cumplimiento de los objetivos y el mejoramiento continuo en educación, la evaluación debe ser comparable y periódica e igualitaria para cumplir la condición de equidad esto está consignado en el SISTEMA DE EVALUACION DE LA CALIDAD DE EDUCACION LEY 1324 DE 2009, cuyo propósito como se enuncia aquí es medir el cumplimiento de objetivos educativos para establecer así los compromisos y acciones de mejoramiento.
El estado tiene la responsabilidad de fomentar el mejoramiento continuo de la calidad de educación y de las evaluaciones y su desarrollo en función de los siguientes principios:
·         participación.
·         equidad.
·         descentralización.
·         cualitativa.
·         pertinencia.
·         relevancia.
Los resultados serán públicos y los datos serán material de investigación, los requisitos para ser evaluados son:
·         deben ser capacitados para la labor los evaluadores.
·         deben garantizar la independía, periodicidad, comparabilidad, igualdad y reserva de sus evaluaciones.
·         la metodología debe cumplir  los principios antes mencionados.
·         demás disposiciones que garantizan la reserva para el público.
Los exámenes de estado se practicaran a la educación formal al nivel de educación media y de pregrado para acreditar que han obtenido los conocimientos y competencias esperados, establecer en que grado se han alcanzado o no los objetivos para cada niel. La estructura del examen se mantiene en un periodo de 12 años es requisito para el ingreso a los programas de pregrado y obtener el título respectivo.
Con base a los resultados obtenidos el MEN y las entidades territoriales establecerán bancos de proyectos de mejoramiento de calidad de educación y destinar recursos para financiarlos, el MEN  deberá asignar programas de mejoramiento a aquellas instituciones cuyos resultados sean por debajo de la media nacional. Las universidades tienen derecho a conocer la metodología del examen que se practica, el ICFES es el encargado de realizarlo y debe proveer como cubrir los cotos a su vez el MEN indica al ICFES que es lo que se va evaluar, previa consulta al concejo nacional de educación superior CESU y los docentes de las instituciones privadas y públicas participan en su construcción.
El MEN corregirá toda manipulación por parte del ICFES y los fraudes provenientes del público serán sancionados con invalidación y suspensión por un tiempo hasta de 5 años. El instituto colombiano de fomento educación superior ICFES tendrá un carácter de empresa del estado cuya función será evaluar los distintos niveles para investigar los resultados con el fin de dar respuestas a las diferentes necesidades educativas del país será representada por su director su régimen jurídico será adoptado a lo publico sus trabajadores son servidores públicos.
es claro que en esto del mejoramiento se necesita un punto de partida y ese es la evaluación de los procesos por otro lado sus resultados deben ser medidos y comparados con respecto al grado de rendimiento y el nivel internacional en esa misma instancia por razones de competencia ya que la globalización indica que debemos estar a nivel el concierto internacional pues conocido que cada una de las acciones infieren cambios económicos políticos y sociales el registro calificado presupone entonces unas evaluaciones cuyos resultados fueron realizados de la mejor manera a fin de que los planes perfeccionen la labor realizada y obtener así el registro entonces vemos que este una parte de la cadena que integra las acción es educativas.

El  objetivo es fortalecer el sistema nacional de ciencia y tecnología para lograr un modelo productivo basado en la ciencia y tecnología para darle valor agregado a los productos y servicios de nuestra economia; aquí se desarrollan los derechos del ciudadano y los deberes del estado en materia del desarrollo del conocimiento científico, tecnológico y de innovación se consoliden los avances de la LEY 29 de 1990  complementaria a LEY 1286 DE 2009 CIENCIA Y TECNOLOGIA.
 
*      fortalecer una cultura basada en la generación, apropiación y divulgación del conocimiento científico.
*      dar bases al plan de ciencias y tecnologías.
*      incorporar la ciencia, la tecnología y la innovación como ejes transversales de la política económica y social.
*      dar el inicio de labores a Colciencias.
*      dar inicio al sistema nacional de ciencias y tecnologías SNCTI.
*      el SNCTI debe contribuir a la formación de ciudadanos integrales creativos, críticos, proactivos e innovadores capaces de promover emprendimiento empresarial que contribuya al desarrollo económico y social.
*      definir las instancias e instrumentos administrativos para financiar la ciencia la tecnología y la innovación.
*      articular la dirección del gobierno con los participantes del desarrollo de la ciencia tecnología e innovación.
*      ser competitivos bajo una política descentralizada e internacional.
Las bases para la consolidación de una política de estado en ciencia, tecnología e innovación:
ü  incrementar la capacidad científica, tecnológica e innovación con competitividad para dar valor agregado a los productos y servicios.
ü  incorporar la investigación a los procesos productivos.
ü  establecer los mecanismos para la transformación y modernización del aparato productivo.
ü  impulsar áreas del conocimiento estratégicas para el país, capacidad de acción en el ámbito internacional promover la calidad de educación formal y no formal particularmente en la educación media y superior para generar nuevas generación de emprendedores, investigadores e innovadores técnicos y tecnológicos.
ü  promover el desarrollo de estrategia regionales que impulsen la ciencia la tecnología y la innovación.
Los principios que apoyan esta ley dentro de cada uno de los entes estatales son: evaluación, descentralización, participación, revisión y actualización de las políticas y estrategias, transparencia, continuidad, oportunidad, eficiencia, protección.
Los objetivos de SNCTI son propiciar la generación y uso de conocimiento científico, fomentar y consolidar con visión de largo plazo los centros y grupos de investigación,  consolidar un sistema financiero que aporte al sustento de la inversión en los diferentes propósitos, diseñar modelos de desarrollo económico y social, proyección a futuro en ciencia, tecnología e investigación, hacer seguimiento a la política y desarrollo de la ciencia, tecnología en el país.
esta ley es el tercer eslabón de la cadena que procura realmente dar un sentido de busqueda necesario para la educación el fin de toda ciencia y disciplina es el servicio a la sociedad sin este sentido se haría incensario la busqueda de conocimiento el estado en este punto pretende que todos los esfuerzos sean con el sentido de mejorar las condiciones productivas del país partiendo del aprovechamiento de la información y por ultimo llegando a la generación en innovación que es creando nuevas formas o dar mejores formas de de realización de una actividad.
para continuar hagamos unas anotaciones de temas de interés en este tema El Ministerio de Educación Nacional entregó al SENA el registro calificado, por 7 años, de los primeros programas que la entidad sometió a su aprobación y por ello entro al grupo selecto de los acreditados por calidad esto es bueno en todo los sentidos.


Aunque el SENA dice que es un logro "pese a no estar obligada a hacerlo, tal como lo señalan las leyes 30 de 1992 y 119 de 1994", sigue la duda sobre la interpretación del Decreto 1295 de abril de 2010 que señala que no serán considerados programas de educación superior los que no tengan registro calificado una duda peligrosa.

La pregunta ahora es si sólo son válidos como educación superior, y para reconocimiento de homologaciones en otras IES, estos 14 programas, o cuál es la diferencia real -jurídica y práctica- entre estos y los más de 2000 restantes que aún no tienen registro calificado. 
por otro lado, es tal el atraso del país en Ciencia, Tecnología e Innovación, que incluso invertir el 1% del Producto Interno Bruto (PIB) sería poco para llegar a un desarrollo cercano al de países como Brasil por comenzar a hablar de uno de ellos.

Así lo manifiesta Rafael Molina, vicerrector de Investigación de la Universidad Nacional de Colombia, quien asegura que en el sector académico del país hay la sensación de que la nueva Ley de Ciencia, Tecnología e innovación (CT+I), a un año de ser aprobada, todavía no actúa como debería debido a lo complejo del cambio.

Hace nueve años Brasil se impuso el reto de que la ciencia, la tecnología y la innovación fueran prioridad para el desarrollo del país. Según el científico Charbel Niño El–Hani, de la Universidad de Bahía, en la última década hubo, en efecto, un crecimiento nunca visto en todo el siglo pasado producto de los desarrollos realizados.

En Colombia, con la Ley de CT+I la sociedad espera dar un salto igual de vertiginoso. El caso de Brasil es ejemplar; las metas propuestas hacia el 2000 son hoy hechos concretos. Este país de América Latina es el que invierte el porcentaje más alto de su PIB para el avance de la CT+I, al punto que solo entre el 2007 y el 2010 destinó 22.700 millones de dólares, llegando casi al 1,5% del PIB.
de estos dos comentarios que son sustratos de cometarios generales de la web los destaco por dos cosas la primera que es la del deseo de ser competente por parte del SENA eso es una muestra para que todas las entidades educativas sin excepción quieran certificarse, la segunda es la necesidad de información entre todos los participantes de este proceso es necesaria para así avanzar todo juntos y la segunda tiene que ver con el desarrollo tecnológico es inseparable el grado de inversión con el grado de desarrollo por ello no se entiende la poca inversión y en la ley porque ese punto es tan frágil con aquellos de el desarrollo de las herramientas, sin embargo para alcanzar las metas propongo un dicho popular el que no arriesgar un huevo no tiene nunca un pollo es mejor sacrificar en algunos sectores del país que no crecer en estos sentido tecnológico y social.
REFERENCIAS:
Ley 1234 del 23 de Julio de 2009.
Ley de ciencia y tecnología.
Decreto 1295 de abril 20 de 2010.

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